Datos sobre las violencias sexuales ejercidas contra las mujeres
Las violencias sexuales son una de las manifestaciones más complejas de la violencia machista. En ella se busca ejercer el total control sobre las personas al atentar contra su espacio más próximo de agencia: sus cuerpos. Esta violencia podrá no ser tan visible a primera vista como muchas otras, pero frecuentemente es atravesada por otros tipos de violencia en escalada, impidiendo el alcance del bienestar de vida óptimo para las personas al presentarse serias repercusiones psicológicas y físicas. Su invisibilidad es exponencial si añadimos el factor de que el agresor en ocasiones es la misma pareja o alguna persona cercana a la red social de la persona, y el hecho de que mayoritariamente son mujeres quienes sufren este fenómeno.
Por estas mismas razones planteadas, se desconoce que la violencia sexual continúa siendo una problemática vigente en nuestras sociedades. Puede ocurrir a mujeres, hombres, niñas y niños de cualquier edad y condición; sin embargo, siendo tan evidente la aplastante desigualdad en contra de las mujeres en la problemática, se debe hacer hincapié para visibilizar estas diferenciaciones y lograr acciones concretas que la disminuyan y, posteriormente, la erradiquen.
Es por ello que el proyecto Datos x Violencia sexual encuentra absolutamente necesario presentar una web divulgativa, accesible e interactiva que recoge datos sobre la violencia sexual en diferentes territorios, de manera que también se puedan distinguir y comprender las variaciones de cómo se sobrelleva esta particular opresión del sistema patriarcal. Con ello se espera aportar información de calidad que sirva para la concienciación y la posterior toma de decisiones. La web se ha elaborado mediante la recopilación de datos abiertos.
Se ha tratado de aportar una visión evolutiva de los datos en función de la disponibilidad de estos.
El portal web se distribuye en los siguientes apartados:
En este gráfico se identifica una tendencia a la alza en las tres variables representadas para el periodo 2010-2019 en España.
La brecha entre victimizaciones y hechos esclarecidos por violencia sexual ha disminuido a partir del 2015, aunque ello no signifique que se hayan resuelto la totalidad de victimizaciones presentadas en una denuncia. Lo destacable en el gráfico, por tanto, es la brecha todavía existente entre las victimizaciones y las detenciones e investigados, la cual únicamente se ha ido ampliando desde el 2015.
De acuerdo al Sistema Estadístico de Criminalidad del Ministerio del Interior, por hechos esclarecidos se hace referencia a cuando ocurre alguna de las siguientes circunstancias:
"–Detención del autor «in fraganti».
–Identificación plena del autor, o alguno de los autores, sin necesidad de que esté detenido, aunque se encuentre en situación de libertad provisional, huido o muerto.
–Cuando exista una confesión verificada, pruebas sólidas o cuando haya una combinación de ambos elementos.
–Cuando la investigación revele que, en realidad, no hubo infracción." (2020).
Por detenciones e investigados, se determina lo siguiente:
"La detención alcanza la lectura de derechos de la persona física, privándole de libertad y poniéndolo a disposición judicial, por atribuirle la comisión de una infracción penal.
Investigado será una persona física o jurídica a la que se atribuya la participación en un hecho penal. No se adoptan medidas restrictivas de libertad para esa persona imputada." (Ídem, 2020).
Mientras que el apartado de victimizaciones se define como "el número de hechos denunciados por personas en los cuales manifiestan ser víctimas o perjudicados por alguna infracción penal. Se diferencia del concepto de «víctima», ya que éste se refiere a personas individuales." (Ídem, 2020).
Se computan datos provenientes de la Policía Nacional, Guardia Civil, policías autonómicas y policías locales que proporcionan datos al Sistema Estadístico de Criminalidad.
No se incluyen datos de investigados de la Ertzaintza. No se incluyen datos de victimizaciones de la Ertzaintza ni de los Mossos d'Esquadra.
El gráfico presenta los hechos esclarecidos por tipo de delito de violencia sexual del 2010 al 2019. Realizando una comparativa de los datos del 2010 con respecto a los del 2019, los hechos esclarecidos en general han aumentado.
Como se puede observar, “Otros” es la categoría en la que se determina que ha existido un mayor número de hechos esclarecidos en este periodo, en la que se añaden los delitos de abuso sexual (sin /con penetración), acoso sexual, delitos de contacto mediante tecnología con menor de 13 años con fines sexuales, exhibicionismo, provocación sexual y relativos a la prostitución, de acuerdo al SEC. No obstante, el englobar todos estos delitos causa una indefinición en la que no se permite reconocer qué es lo que se está logrando puntualmente en la temática desde el Ministerio del Interior.
Aparte de este, los casos correspondientes a Agresión sexual y a Agresión sexual con penetración son los que cuentan con una mayor cantidad de hechos esclarecidos a lo largo de los años, contando con 1571 y 1520 en 2019 respectivamente. Cabe destacar la gran diferenciación de esclarecimiento entre estos delitos y los adheridos a las categorías de Corrupción de menores/incapacitados y Pornografía de menores en el periodo recogido por el gráfico.
La agresión sexual está tipificada en los artículos 178 y 183 del Código Penal, mientras que la agresión sexual con penetración lo está en el artículo 179. La corrupción de menores o incapacitados se encuentra en los artículos 189.1 , .4 ,y .5, y la pornografía de menores en los artículos 189.1, .2, y .7. Finalmente, los delitos de “otros contra la libertad/indemnidad sexual”, se localizan en los artículos 181 a 188 del Código Penal.
Se computan datos provenientes de la Policía Nacional, Guardia Civil, policías autonómicas, a excepción de la Ertzaintza, y policías locales que proporcionan datos al Sistema Estadístico de Criminalidad.
En el presente mapa se muestran los hechos esclarecidos de delitos contra la libertad sexual por comunidad autónoma durante 2019.
Se identifica que Cataluña es la que posee un mayor número absoluto de hechos esclarecidos, con 2420, mientras que Ceuta únicamente tiene 19. Sin embargo, al momento de realizar el contraste de estos números absolutos con la población de la comunidad autónoma respectiva, Islas Baleares posee la mayor tasa de hechos esclarecidos, con un total de 44,63.
Se computan datos provenientes de la Policía Nacional, Guardia Civil, policías autonómicas, a excepción de la Ertzaintza, y policías locales que proporcionan datos al Sistema Estadístico de Criminalidad.
El gráfico evidencia los hechos esclarecidos de delitos sexuales relacionados con la cibercriminalidad, del 2011 al 2019. En su totalidad han ido al alza, con los hechos de Pornografía de menores siendo los mayores en números absolutos en todos los años.
Por otra parte, es de reconocerse la evolución que se ha tenido en el Delito de contacto mediante tecnología con menor de 16 años con fines sexuales, ya que ha ido de 0 casos esclarecidos en 2011 a 183 en 2019. Una misma tendencia se ha dado en cuanto a los casos de abuso sexual, al ir de 19 a 156 en el periodo establecido.
Todos los delitos presentados se encuentran agregados en los artículos 181, 183.1, 183.bis, 184, 185, 186 y 189 del Código Penal.
Del año 2011 a 2014 se computan datos provenientes de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Foral de Navarra y policías locales que proporcionan datos al Sistema Estadístico de Criminalidad. A partir de 2015 también se incluyen datos de los Mossos d'Esquadra. No se incluyen datos de la Ertzaintza en toda la serie histórica.
Dentro de la consideración de delitos sexuales relacionados con criminalidad quedan excluidas las agresiones sexuales con/sin penetración y los abusos sexuales con penetración.
En estas visualizaciones se da cuenta de los agresores y victimizaciones por sexo y edad del 2010 al 2019.
Con ellas, se identifica que los agresores son predominantemente masculinos, mientras que esta tendencia se invierte al observar las victimizaciones, quienes son predominantemente femeninas.
Al ir al detalle de las victimizaciones, se destaca que el mayor número de hombres vulnerados se encuentran en el rango de edad de los 0 a los 13 años, yendo en decrecimiento a partir de este primer rango. Por otra parte, las victimizaciones más amplias para las mujeres se dan en el rango de los 18 a los 30 años, aunque esto se mantiene estable a lo largo de la pirámide demográfica.
En cuanto a detenciones e investigados, el número de agresores hombres predomina en todos los rangos de edad, con un mayor número de agresores en el rango de los 41 a los 64 años.
Para los datos de agresores (detenciones e investigados) se computan datos provenientes de la Policía Nacional, Guardia Civil, policías autonómicas, a excepción de los Mossos d'Esquadra, y policías locales que proporcionan datos al Sistema Estadístico de Criminalidad. No se incluyen datos de la Ertzaintza de investigados.
Para los datos de las víctimas, se computan datos provenientes de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Foral de Navarra y policías locales que proporcionan datos al Sistema Estadístico de Criminalidad. No se incluyen datos de la Ertzaintza ni de los Mossos d'Esquadra.
Del total de víctimas de delitos contra la libertad sexual registrados en España entre 2010 y 2019, un 45,65% son menores de edad.
Los hechos esclarecidos por delitos contra la violencia sexual en Cataluña han tenido un avance dispar.
Después de la categoría “Otros”, la Agresión sexual con penetración es la variable que cuenta con un mayor número de hechos esclarecidos para el año 2019. Sin embargo, se enfatiza que de 2011 a 2015 se observa un estancamiento del esclarecimiento de hechos para la agresión sexual y la agresión sexual con penetración. Por otra parte, el comportamiento de los hechos esclarecidos para la pornografía de menores ha sido variado en el mismo periodo, mientras que el de corrupción de menores/personas con discapacidad se ha mantenido en números bastante bajos.
La agresión sexual está tipificada en los artículos 178 y 183 del Código Penal, mientras que la agresión sexual con penetración lo está en el artículo 179. La corrupción de menores o incapacitados se encuentra en los artículos 189.1 , .4 ,y .5, y la pornografía de menores en los artículos 189.1, .2, y .7. Finalmente, los delitos de “otros contra la libertad/indemnidad sexual”, se localizan en los artículos 181 a 188 del Código Penal. Por “otros” se entiende a los delitos de abuso sexual (sin /con penetración), acoso sexual, delitos de contacto mediante tecnología con menor de 13 años con fines sexuales, exhibicionismo, provocación sexual y relativos a la prostitución, de acuerdo al SEC.
Se computan datos provenientes de la Policía Nacional, Guardia Civil, policías autonómicas, a excepción de la Ertzaintza, y policías locales que proporcionan datos al Sistema Estadístico de Criminalidad.
En el presente mapa se visualizan los hechos esclarecidos por delito sexual en las provincias catalanas durante el 2019. En cuestión de números absolutos, es Barcelona quien posee el mayor número de esclarecimiento de casos, con 1727, encontrándose Lleida con únicamente 158. No obstante, al considerar la tasa de hechos esclarecidos por 100.000 habitantes, se invierten estos extremos y se evidencia que es Lleida quien posee una mayor tasa, con 36,33 casos, mientras que Barcelona obtiene 30,49 esclarecimientos por 100.000 habitantes.
Se computan datos provenientes de la Policía Nacional, Guardia Civil, policías autonómicas, a excepción de la Ertzaintza, y policías locales que proporcionan datos al Sistema Estadístico de Criminalidad.
La legislación catalana permite conocer a detalle la manifestación de la violencia machista en el ámbito social-comunitario, por lo que es posible determinar los casos específicos de violencia sexual referentes a la Mutilación genital femenina y los Matrimonios forzados. Por lo tanto, en este gráfico de barras se identifican las niñas y mujeres atendidas del 2017 al 2019 en relación a estos fenómenos. Mientras que para la Mutilación genital femenina se destaca el pico del 2018, los Matrimonios forzados han visto un aumento en estos tres años, aunque habría que ver la evolución de estos en un mayor periodo de tiempo.
La Ley 17/2020 establece la Mutilación genital femenina o riesgo de sufrirla como "cualquier procedimiento que implique o pueda implicar una eliminación total o parcial de los genitales femeninos o que produzca lesiones en ellos, aunque conste el consentimiento expreso o tácito de la mujer" (Diario Oficial de Cataluña, 2020). Asimismo, conceptualiza a este y a los Matrimonios forzados como parte de la violencia sexual en la siguiente definición: "c) Violencia sexual: comprende cualquier acto que atente contra la libertad sexual y la dignidad personal de la mujer creando unas condiciones o aprovechándose de un contexto que, directa o indirectamente, impongan una práctica sexual sin contar con el consentimiento ni la voluntad de la mujer, con independencia del vínculo que exista entre la mujer y el agresor o agresores. Incluye el acceso corporal, la mutilación genital o el riesgo de sufrirla, los matrimonios forzados, la trata de mujeres con finalidad de explotación sexual, el acoso sexual y por razón de sexo, la amenaza sexual, la exhibición, la observación y la imposición de cualquier práctica sexual, entre otras conductas" (Ídem, 2020).
Los hechos esclarecidos por delitos contra la libertad sexual en Santa Coloma de Gramenet se han mantenido estables en los últimos 4 años, con una media de 33 casos de violencia sexual al año.
La categoría "Resto de delitos conta la libertad e indemnidad sexual" incluye, en este caso, la agresión sexual, la corrupción de menores/incapacitados, la pornografía de menores, y la variable de "otros", de acuerdo al Ministerio del Interior.
La agresión sexual está tipificada en los artículos 178 y 183 del Código Penal, mientras que la agresión sexual con penetración lo está en el artículo 179. La corrupción de menores o incapacitados se encuentra en los artículos 189.1 , .4 ,y .5, y la pornografía de menores en los artículos 189.1, .2, y .7. Finalmente, los delitos de “otros contra la libertad/indemnidad sexual”, se localizan en los artículos 181 a 188 del Código Penal. Por “otros” se entiende a los delitos de abuso sexual (sin /con penetración), acoso sexual, delitos de contacto mediante tecnología con menor de 13 años con fines sexuales, exhibicionismo, provocación sexual y relativos a la prostitución, de acuerdo al SEC.
Se computan datos provenientes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, policías autonómicas y policías locales que proporcionan datos al Sistema Estadístico de Criminalidad.
Comparando la tasa de los delitos contra la libertad sexual a lo largo de los años en España, Catalunya y Santa Coloma de Gramenet se observa cómo la tasa de delitos siempre ha sido mayor en el territorio catalán. Tanto en España como en Cataluña se observa una tendencia al alza en el número de casos.
En cuanto a Santa Coloma, se observa como en 2016 y 2017 tenia una tasa más elevada de casos que el resto de territorios.
La evolución de los crímenes de violencia sexual registrados en Europa muestra un gran aumento de casos desde 2008, observándose el punto de inflexión en el 2012 y habiéndose duplicado el número de crímenes sexuales registrados en 2018.
La Oficina Europea de Estadística (Eurostat) ha compilado la presente información a partir de los registros de delitos de la Policía de cada país considerado. En particular, referente a la violencia sexual, se engloba en este concepto la violación y la agresión sexual.
Por lo tanto, la Eurostat busca que en estos números se excluyan “actos de abuso de una posición de vulnerabilidad, poder o confianza, o uso de la fuerza o amenaza de fuerza, para lucrar monetaria, social o políticamente de la prostitución o actos sexuales de una persona, coacción, delitos de prostitución, delitos de pornografía y otros actos contra normas sexuales de orden público tales como incesto que no equivalga a violación y exhibicionismo, agresiones y amenazas, esclavitud y explotación que no equivalgan a actos nocivos de naturaleza sexual, trata de seres humanos para la explotación sexual, acoso y acecho” (2021).
No obstante, hay registros en los que algunos de estos actos son incluidos debido a la metodología de recopilación de datos de cada país; dicha información desglosada puede ser consultada en los metadatos de referencia.
Observando la tasa de crímenes de violencia sexual por 100.000 habitantes en los diferentes países de Europa en 2018, el Reino Unido se sitúa con la tasa más alta, con 269 crímenes de violencia sexual por 100.000 habitantes, seguido de Suecia y Islandia.
La fuente de datos destaca que cabe tener en cuenta que estas cifras no reflejan necesariamente el número real de delitos sexuales. Más bien muestran hasta que punto la policía denuncia y registra estos delitos. Por lo tanto, la variación entre países también puede estar influenciada por la conciencia general en las actitudes hacia los delitos de violencia sexual.
Para aportar una visión mundial sobre los datos de violencia contra las mujeres, se presenta el porcentaje de mujeres que sufrieron violencia física o sexual por parte de su pareja en 2017.
Afganistán es el país con una mayor tasa, donde el 39% de las mujeres han sufrido violencia física o sexual a manos de su pareja; seguido de la República Democrática del Congo (35%) y Etiopía (29%).
Our World in Data consideró a todas aquellas mujeres de 15 años o mayores que hubieran experimentado violencia física o sexual por parte de una pareja íntima en el último año para compilar la presente información.
Un 8.87% de mujeres indicaron haber vivido situaciones de violencia sexual en pareja. Si bien puede parecer un porcentaje relativamente bajo, no se puede ignorar que estos datos representan personas que tienen que enfrentarse a sus agresores en su red de apoyo más próxima.
De este porcentaje, más de un 60% manifestaron que la frecuencia de estas violencias sexuales era semanal o mensual. Un 13% de ellas sufrían estas violencias todos o casi todos los días.
Un 11% de las mujeres que sufrieron violencia sexual fuera del ámbito de la pareja manifestaron cortes, rasguños, moratones o dolores como secuelas físicas de la violencia vivida. Un 7.1% de ellas tuvo lesiones en los genitales como consecuencia de la violencia sexual vivida.
Por otro lado, se observa como las secuelas mentales están más presentes entre las consecuencias por las situaciones de violencia sexual vividas. Los principales daños mentales que alegan las víctimas son ansiedad, fobia, ataques de pánico, desesperación y sensación de impotencia y pérdida de autoestima. Un 7.9% de ellas alegó pensamientos de suicidio o autolesión.
Además, entre otras consecuencias causadas por estas violencias sexuales fuera del ámbito de la pareja, un 4.19% de las víctimas sufre una discapacidad como consecuencia de la violencia sexual vivida.
En el 70% de los casos fue la propia víctima que experimentó la violencia sexual quien informó a la policía de la violencia sexual vivida fuera del ámbito de la pareja.
Por otro lado, en la gran mayoría de los casos de violencia sexual fuera del ámbito de la pareja no se presentó denuncia ante juzgado (96%).
Entrando a analizar los motivos por los que no se informó de la violencia sexual vivida hay diversidad de motivos, pero destacan el hecho de haber vivido la violencia sexual cuando la víctima era una menor o por haberle dado poca importancia, no ser lo bastante grave, no considerarlo necesario o no haberlo considerado violencia en el momento de ocurrir.